1 Al mas viejo no 1 riñas, mas exhortalo como à padre: à los mas moços, como à hermanos:

2 Alas viejas, como à madres: à las mas moças, como àhermanas cõ toda limpieza.

3 A las biudas honrra, las que 1 deverdad ſon biudas.

4 Y ſi alguna biuda tuuiere hijos o nietos, 1 aprendan primero à gouernar ſu caſa piamente, y à recompensar à ſus padres: porque eſto es lo honesto y agradable delante de Dios.

5 Mas la que de verdad es biuda, y sola, eſpera en Dios, y es diligente en supplicaciones y oraciones noche y dia.

6 Porque la que biue en delicias, biuiendo eſtá muerta.

7 Manda, pues, eſto, para que ſean ſin reprehension.

8 Y ſi 1 alguno no tiene cuydado de los suyos, y mayormente de los de ſu caſa, la fe negó, y es peor que el que no creyó.

9 La biuda 1 ſea puesta en officio no menos que de sesenta años, la qual 2 aya sido muger de vn varon.

10 Que tenga testimonio en buenas obras, Si crió bien ſus hijos , Si 1 ha hospedado, 2 Si ha lauado los pies de los Sanctos, Si ha socorrido à los que han padecido afflicion, Si hà seguido toda buena obra.

11 Mas las biudas mas moças 1 no admitas: que deſque 2 han biuido diſſolutamẽte contra el Chriſto, quierense casar:

12 1 Cõdemnadas ya, por auer falsado la primera fe.

13 Item, 1 ansimismo tambien las ociosas enseñadas à 2 andar de caſa en caſa: y no solamente ociosas, mas aun parleras, y curiosas, parlando loque no conuiene.

14 Quiero, pues, que las mas moças ſe casen, crien hijos, gouiernen caſa: que ninguna ocasion den àl aduersario para mal dezir.

15 Porque ya algunas han buelto atràs en pos de Satanas.

16 Y ſi algũ fiel [ô alguna fiel] tiene biudas, mantengalas, y no séa cargada la Igleſia: paraque ya loque es menester para las que de verdad ſon biudas.

17 ¶ Los Ancianos que gouiernan bien, ſean auidos por dignos 1 de doblada honrra: y mayormente los que trabajan 2 en predicar y enseñar.

18 Que la Escriptura dize, 1 No atarás la boca àl buey que trilla. Item, 2 Digno es el obrero, de ſu jornal.

19 ¶ Contra el Anciano no recibas accusacion ſi no con dos otres teſtigos.

20 A los que peccáren, redarguyelos delãte de todos, paraque los otros tambien ayan temor.

21 1 Requiero te delãte de Dios y del Señor Iesus el Chriſto, y de ſus Angeles escogidos, que guardes estas coſas: 2 ſin per juyzio de nadie, que nada hagas acostandote à la vna parte.

22 No facilmente 1 impongas las manos à alguno, ni communiques en peccados agenos. conseruate en limpieza.

23 No beuas de aqui adelante agua, ſi no vsa de vn poco de vino por cauſa del estomago y de tus continas enfermedades.

24 1 Los peccados de algunos hombres antes que vẽgã 2 à juyzio, ſon manifiestos: à otros les vienen deſpues:

25 Ansimismo 1 las buenas obras antes ſon manifiestas: y las que ſon de otra mane ra, no ſe pueden esconder.

Fußnoten

  1. 1:1 *Reprehen das con dureza.
  2. 3:1 *Luego v. 5.
  3. 4:1 *Enseñelos à &c. q.d. gouiernelos, y ocupeſe enesto
  4. 8:1 *Ot. alguna. respõde con el v. 4.
  5. 9:1 *S para el cuyda dode los enfermos en la Igl ot. ſea elegida.
  6. 9:2 *@
  7. 10:1 *@
  8. 10:2 *@
  9. 11:1 *S. para lo officios de la Igleſia.
  10. 11:2 *S. en ſu mocedad antes de ſu primer matrimonio.
  11. 12:1 *Segundo crimen. s. que ni caſa das guardaron à ſus maridos la fe del matrimonio.
  12. 13:1 *S. no ſean admitidas las &c.
  13. 13:2 *G. rodear las casas.
  14. 17:1 *Que deellos y de ſu sustento ſe tenga mayor cuyd do.
  15. 17:2 *G. en palabra y doc trina.
  16. 18:1 *Deu. 25, 4 1. Cor. 9, 9.
  17. 18:2 *Mat. 10, 10 Luc. 10, 7.
  18. 21:1 *Aba. 6, 13.
  19. 21:2 *S que juz. gues ſin
  20. 22:1 *Pongas à nadie en mynisterio
  21. 24:1 *Va con el v. 22, y 21.
  22. 24:2 *A examẽ.
  23. 25:1 *La pia vida.

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